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PROCESADO DEL CACAO
Estas regulaciones especiales se aplican a todas las instalaciones existentes en los Países Bajos y a sus ampliaciones.
Durante el procesado de cacao se libera olor; el 97% de las emisiones totales de olor se origina debido a las etapas de preparación, tueste y molienda del cacao. Las emisiones totales varían según el proceso y se encuentran alrededor de un 0.5 x 106 y 1.5 x 106 uoE por kilogramo de semilla de cacao. En la siguiente tabla, se muestran los factores de emisión y la contribución media al total de emisión de las principales fuentes en el procesado del cacao.
Tabla 9.- Factores de emisión (4) de la industria del cacao. La contribución de varias fuentes a la inmisión de olores no puede ser analizada de manera unívoca puesto que depende, entre otras cosas, del nivel de emisión, de la temperatura de los gases residuales, de la posición de la situación de las fuentes y de la distancia a la fuente.
En las industrias del procesado de cacao aún no está establecido un límite en la concentración de emisiones de olor.
La norma establece una serie de medidas concretas para reducir las emisiones de olor para las instalaciones de procesado del cacao. En base al principio de ALARA, se han recopilado una serie de medidas generales que representan las Mejores Técnicas Disponibles (MTDs) para limitar la molestia por olor. Prevenir completamente la molestia de olor en los alrededores de las instalaciones del procesado del cacao, parece irreal, aunque debido al relativo gran número de pequeñas fuentes de olor y fugitivas fuentes de olor. B7 INSTALACIONES DE TOSTADO DE CAFE
Estas regulaciones (5) se aplican a las instalaciones de tueste de café, excepto el proceso de descafeinado.
A continuación se indican los procesos responsables de emisiones de olor así como los factores que causan ese olor. En todo caso la única emisión de olor detectada es aquella proveniente de los procesos que implican la transformación del café.
Tabla 10.- Listado de fuentes de olor. (*)Según la amplia investigación no puede establecerse un factor de emisión para quemadores equipados con un incinerador catalítico. El efecto calculado en olores de un incinerador catalítico (sin recirculación) es 75%. Es posible hacer una estimación de las emisiones de olor mediante la siguiente fórmula: Fórmula
No debe excederse una concentración de inmisión de 3.5 uoE/m3 p98. Esta concentración está calculada mediante la fórmula citada anteriormente y el Modelo Nacional (holandés) que calcula la dispersión del olor.
Los niveles de inmisión citados se aplican exclusivamente a instalaciones ya existentes. Para nuevas situaciones como instalaciones de tueste y/o viviendas construidas recientemente, el nivel de inmisión aceptable será aún más restrictivo. Se recomienda que se mantenga una distancia suficiente en las nuevas situaciones entre instalaciones de tueste de café y viviendas.
La norma establece una serie de medidas concretas para reducir las emisiones de olor para instalaciones de tueste de café. B8 INDUSTRIA DE PROCESADO DE PATATA
Esta regulación se aplica a instalaciones de fabricación de productos de patata destinados para el consumo humano, distinguiendo cuatro grupos de productos. Con la excepción de los productores de almidón de patata y sus derivados.
En las regulaciones de la industria del procesado de patata no se han citado factores de emisión. Tampoco se ha establecido ninguna relación entre el número de unidades de olor y el grado de molestia por olor para este tipo de industria. Por todo esto, no se puede calcular la concentración de olores usando los factores de emisión para este tipo de industrias en los alrededores de la instalación. En el curso de las investigaciones para determinar los factores de emisión se encontró una gran variabilidad en los datos de emisión de las fuentes. De esta forma fue imposible usar la información existente para establecer factores de emisión para la industria del procesado de patatas. Tampoco se ha podido establecer un nivel de molestia por olores adecuado para este tipo de industria. La norma, ha establecido un criterio por el cual, según la descripción del tipo de olor de diferentes grupos de productos, se puede conocer las fuentes que causan la molestia por olor.
La norma establece una serie de medidas, generales y adicionales, para reducir las emisiones de olor en aquellos lugares donde no están establecidos unos valores límites de olor, como la recirculación usando líquido refrigerante y la condensación. B9 FABRICACIÓN DE ADITIVOS ALIMENTARIOS
Esta regulación se aplica a todos los productores de aromatizantes y/o saborizantes, tanto los que tienen una compleja gama de productos e instalaciones como a aquellos que tienen una gama más limitada de productos, que incluye, por ejemplo, sólo productos aromatizantes o sólo productos saborizantes.
Las emisiones de olores ocurren en varias etapas del proceso de producción y manipulación de aditivos alimentarios. Se han determinado factores de emisión de varias subprocesos basados en las mediciones de emisiones de tres de los productores más importantes (6) que se resumen a continuación:
Tabla 11.- Factores de emisión en la producción de aditivos alimentarios.
Las emisiones de olor totales se pueden calcular multiplicando el factor de emisión asociado a cada parte del proceso por el rendimiento y sumando los resultados obtenidos de cada multiplicación. En grandes productores (con una producción mayor a 2000 toneladas por año y aproximadamente 6000 horas de funcionamiento al año), la emisión de olor total es aproximadamente 1.5 x 109 uoE/hora (sin contar con las medidas de reducción de emisiones). En pequeños productores (con una producción de 2000 toneladas al año durante 2000 horas de funcionamiento por año), la emisión de olor total es, aproximadamente, 1.5 x 107 uoE/hora.
En instalaciones existentes cercanas a zonas urbanizadas, no debe excederse un nivel de concentración de olor superior a 3.5 uoE/m3 p98. Cuando la concentración de olor se encuentra entre 2 y 3.5 uoE/m3 p98 y las molestias por olor están siendo denunciadas, son las autoridades competentes las que deben decidir si es necesario aplicar medidas dirigidas a una mayor reducción de las emisiones. Por debajo de una concentración de 2 uoE/m3 p98, estas medidas no son necesarias. Si se realiza una ampliación de las instalaciones existentes, se deberán aplicar las MTDs. Para nuevas instalaciones, el nivel de concentración de olor máximo permitido será de 2 uoE/m3 p98. Los factores de emisión de los subprocesos fueron medidos mediante “equipos de panelistas” para los tres productores más importantes. En estas mediciones, los resultados de dos de los tres productores coincidían con los valores de emisión medidos, y el resultado del productor restante coincidía con los valores de emisión calculados. El resultado de la investigación llevaba a cabo por el “equipo de panelistas” concluyó que los olores emitidos durante la producción de saborizantes suelen ser desagradables, incluso a bajas concentraciones; y que el olor emitido en la de aromatizantes se detecta fácilmente a bajas concentraciones pero no suele ser un olor desagradable. Aún así, la correlación entre los niveles de olor y la molestia por olor no es clara (7)
La norma establece un serie de medidas concretas para reducir las emisiones y la molestia por olor que clasifica en medidas de organización y preventivas, tecnologías con un mecanismo específico para la reducción de olor y técnicas de final de tubería. Debido a la complejidad del proceso, caracterizado por fluctuaciones rápidas en la concentración y nivel de olor, es difícil establecer unas medidas generales para todos los olores originados en este tipo de instalaciones. Por ello, es necesario identificar para cada productor las fuentes más significativas de emisión de olor o molestia para realizar un balance de cuál es la medida o tecnología que se requiere para reducir las emisiones de olor y/o la molestia por olor (8). |
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