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NeR

Legislación Sobre Olores en los Países Bajos

Montalban F.1

1. Facultad de biología de la universidad de Sevilla.

  En el presente artículo se describe y analiza el estado de la legislación actual en Holanda* en relación con la contaminación por olores. Puede decirse que ésta es una de legislaciones más desarrolladas en Europa en el campo de la contaminación por olores y puede servir de experiencia para en el futuro desarrollar nuevas legislaciones en los países de habla hispana. Se han seleccionado determinadas actividades de la lista de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera por su posible implicación en episodios de emisión de olores.

Financiación: Este artículo busca patrocinador.

Conflictos de interés: El autor ha declarado que no existen conflictos de interés.

Editor Académico: Carlos N Díaz.

Citación: Montalban F (2008) Legislación Sobre Olores en Holanda. www.olores.org.

Recibido: 8 de mayo 2008; Aceptado 26 junio 2008; Publicado 1 septiembre 2008.

Copyright: © 2008 olores.org. Artículo de acceso abierto (open access) distribuido bajo los términos de la licencia de atribuciones Creative Commons, que permite el uso sin restricción, distribución y reproducción en cualquier medio, siempre que el nombre del autor y la fuente sean reconocidas.

Abreviaciones: COV, Compuesto orgánico Volátil; PTS, Partículas Totales en Suspensión; EDAR Estación Depuradora de Aguas Residuales; TNO, Netherlands Organisation for Applied Scientific Research; VROM, Ministerio de Urbanismo, Planificación Física y Medio Ambiente; MTD,(Mejor Técnica Disponible; LTFD, Lange Termijn Frequentie Distributiemodel; p98, Percentil 98.

Palabras clave: Olores, Legislación, Holanda, Países Bajos, Unidades de olor, Olfatometría.

RESUMEN DEL AUTOR


  El objetivo de la NeR, es reglamentar los permisos medioambientales que regulan las emisiones al aire en Holanda y simplificar el proceso de emisión de autorizaciones facilitando la información que puede usarse en cada caso. Estos objetivos han originado una directriz que por un lado, contiene normas generales con la idea de armonizar las actuaciones en la emisión y por otro lado, contiene provisiones de exclusión para casos específicos en forma de regulaciones especiales con la idea de aplicar las mejores técnicas disponibles.

INTRODUCCIÓN


  Las mejores técnicas disponibles son el punto de partida para establecer los niveles de emisión y las técnicas asociadas contenidas en las Directrices holandesas de emisión a la atmósfera ó NeR (Nerderlandse emissierichtlijnen lucht). Estas directrices, son también una importante fuente de información para la resolución práctica del principio TBCSP (Tan Bajo Como Sea Posible) mejor conocido por sus siglas en inglés por principio ALARA (As Low As Reasonably Achievable).

  La NeR es el resultado de un esfuerzo conjunto emprendido en Holanda en el año 1992 por la administración pública y la industria, de tal forma que en la práctica la NeR se ha mostrado muy útil para la administración, empresas privadas, consultoras de medio ambiente e individuos particulares.

  Después de una evaluación de la aplicación de las Directrices se decidió incrementar la accesibilidad de la información mediante la modificación del diseño y el formato. El gobierno Holandés considera la NeR como un instrumento importante a la hora de poner en práctica su política ambiental.

  La NeR controla la cantidad total de emisiones a la atmósfera aplicando medidas en concordancia con las mejores técnicas disponibles.

  En la norma, se detallan los pasos a seguir para conocer si una instalación se somete o no a las directrices descritas en ella, teniendo en cuenta también la legislación específica ya existente relacionada con las emisiones y la protección atmosférica, así como los permisos que pueda necesitar o a qué tipo de regulación (general o específica) ha de aplicarse.

  El objetivo de la NeR, es reglamentar los permisos medioambientales que regulan las emisiones al aire en Holanda y simplificar el proceso de emisión de autorizaciones facilitando la información que puede usarse en cada caso. Estos objetivos han originado una directriz que por un lado, contiene normas generales con la idea de armonizar las actuaciones en la emisión y por otro lado, contiene provisiones de exclusión para casos específicos en forma de regulaciones especiales con la idea de aplicar las mejores técnicas disponibles.

OLORES


En lo que concierne al diseño de las exigencias en el permiso para controlar la molestia por olor, la NeR se basa en una carta del Ministro de Salud Pública, Planificación Territorial y Medio Ambiente del 30 de Junio de 1995. En esta carta el ministro dispone las nuevas líneas de la política sobre olores. El objetivo a seguir de esta política es que la autoridad competente establezca cuál es el nivel de molestia por olor es aceptable en una situación determinada y cuáles son las medidas para controlar la molestia por olor, conforme al principio ALARA.

La cantidad de olor en la atmósfera es dada como una concentración expresada en unidades de olor europeas por metro cúbico de aire (uoE/m3). En el resto de laboratorios europeos, la concentración de olor se expresa en estas unidades, no obstante en la práctica diaria en Holanda, las concentraciones de olor se expresan en una unidad diferente llamada geureenheden, ge/m3. Hay una relación fija entre estas dos unidades de tal manera que 1 uoE/m3 = 2 ge/m3.

No se ha establecido una correlación general entre la concentración de olor y la molestia por olor detectada en una zona como consecuencia de olores diferentes, es por eso que generalmente no es posible establecer los niveles aplicables para la emisión de componentes de un olor. Otro motivo es que normalmente el olor comprende una combinación de compuestos orgánicos en muy bajas concentraciones.

El nivel de control requerido es dependiente del nivel de molestia. La percepción de olor depende de una diversidad de factores como el tipo de sustancia, la ubicación de la instalación y la persona en sí. Los factores más importantes a la hora de evaluar los límites y las molestias por olores de una determinada actividad son el período de exposición, la frecuencia de exposición, la intensidad y la percepción de olor.

Determinación del nivel de olor aceptable


Sistema usado para clasificar la molestia causada por olor

El propósito de este sistema es, acordar la parte del procedimiento que la autoridad reguladora debe seguir en la determinación de un nivel de molestia aceptable. Esta determinación consiste por un lado en una indicación, cualificación y/o cuantificación del grado de molestia que es relevante para la protección del medio ambiente. Por otro lado, considerar o valorar qué se supone aceptable en base a ese nivel de molestia, su situación (teniendo en cuenta entre otras cosas, la planificación física y los aspectos socioeconómicos) así como los aspectos económicos de las empresas.

El objetivo del sistema de clasificación es describir el procedimiento que se ha de llevar a cabo, el cual requiere una serie de diferentes pasos que han de ser descritos. El último paso es un resumen estructurado que se debe dar como un programa descrito paso a paso. En momentos específicos durante el procedimiento, se indica qué métodos de investigación se pueden usar para las valoraciones. Normalmente, hay disponible más de un método, que puede utilizarse de manera combinada si es necesario. Los métodos pueden dar una indicación, una información cualitativa o una información cuantitativa.

El resultado de este sistema de clasificación es una conclusión que forma parte de la información que necesitan las autoridades competentes con el fin de tomar una decisión dentro del marco del procedimiento de una aplicación, requerimientos específicos o medidas que han de tomarse como poner en prácticas las inspecciones llevadas a cabo.

La norma, describe de manera detallada los métodos de investigación sobre olores y las categorías de dichos métodos al igual que el procedimiento antes mencionado y que se resume en el siguiente diagrama.

Aunque la norma regula un considerable número de actividades, en el presente informe sólo se han analizado aquellas que pueden generar un impacto por olores.

A continuación, se pormenorizan todas las actividades regladas en la citada norma. En negrita, se destacan aquellas actividades que se han analizado en el presente informe. Estas actividades se han seleccionado entre el resto por ser potencialmente susceptibles de generar olores molestos.

Listado de actividades:

A1 Plantas de procesado de abono.

A2 Plantas de deshidratación de forraje.

A3 Fabricación de piensos compuestos.

B1 Azucareras.

B2 Producción de melazas y derivados.

B3 Grandes panaderías.

B4 Pastelerías y bollerías.

B5 Industria cárnica.

B6 Procesado del cacao.

B7 Instalaciones de tueste de café.

B8 Instalaciones de procesado de patata.

B9 Fabricación de aditivos alimentarios.

B10 Cerveceras.

C1 Carpinterías producción de serrín y fibras de madera. Aserraderos.

C2 Industria del ladrillo.

C3 Producción de fibra mineral.

C4 Producción de vidrio.

C5 Plantas de mezclado de hormigón.

D1a Producción de mineral de hierro. Sinterizado.

D1b Producción de mineral de hierro. Paletizado.

D1c Producción de mineral de hierro. Altos hornos.

D1d Acerías

D2 Producción de Aluminio primario.

D3 Fundiciones de hierro y acero.

E1 Coquerías.

E2 Producción de cloruros.

E3 producción de PVC. Suspensión polimerización.

E4 Producción de acrilonitrilo.

E5 Fabricación de plásticos con base acrilonitrilo.

E6 Plantas Claus (usadas en la producción de sulfuros y como un sistema de tratamiento de gas canalizado).

E7 Producción de fertilizantes con base nitrógeno.

E8 Plantas de amoniaco.

E9 Instalaciones para la producción, formulación y envasado de pesticidas.

E10 Producción de carburo de silicio.

E11 Plantas de gas natural y extracción de petróleo.

F1 Instalaciones de reciclado térmico de metales de cables y otros.

F2 Limpieza mediante calor de artículos incluyendo motores eléctricos y equipamientos para procesado de polímeros sintéticos.

F3 Crematorios.

F4 Plantas de pirolisis.

F5 Instalaciones para la limpieza térmica de suelos.

F6 Instalaciones para la incineración de lodos de EDARs.

F7 Instalaciones para la incineración de madera no contaminada y restos de madera.

G1 Procesamiento de emisiones de gas de vertederos, fermentación de residuos y EDARS anaeróbicas.

G2 Instalaciones de compostaje de residuos vegetales.

G3 Instalaciones de aguas residuales.

G4 Producción de compost de residuos orgánicos caseros.

Z1 Tratamiento de superficies metálicas con ácido nítrico.

Z2 Producción de ánodos de carbono.

Z3 Industria del cuero.

 

A2 PLANTAS DE DESHIDRATACIÓN DE FORRAJES


Los valores de emisión se basan en la liberación del gas de deshidratación.

  • Alcance de la regulación:

Esta regulación es aplicable únicamente a instalaciones de deshidratación de productos de origen vegetal usados en la fabricación de piensos para el ganado, como hierba y alfalfa y otros como el pasto de maíz verde y la pulpa de la remolacha azucarera.

Otros materiales pueden originar emisiones de olor de diferente naturaleza y magnitud que no pueden ser regulados sin alguna adaptación.

  • Olor; Fuentes de emisiones de olor

La siguiente tabla muestra las principales fuentes de olor dentro de un proceso de producción de este tipo. Se han determinado los factores de emisión para calcular las emisiones.

Instalación

 

Factor de emisión de olor 106 uoE /t producto seco

Foco de emisión

 

 

Hierba

Alfalfa

 

Fuente principal

Tambor de secado

1750

350

Chimenea

Otras fuentes

Molino de martillo

15

30

Ciclón/ filtros al nivel del techo

Prensa

25

160

Nivel techo

Enfriador

40

125

Libre rendimiento

Tabla 1.- Factores de emisión de olor para plantas de deshidratación de forraje.

*NOTA: En el presente trabajo se han usado los topónimos “Países Bajos” y “Holanda” (denominación no oficial pero común de los Países Bajos) con el mismo sentido.

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