Olores en restaurante de comidas Turcas

Muy Sres. Míos,

Desde hace varios años mi familia y yo venimos sufriendo fuertes molestias por los malos olores producidos por una local ubicado debajo de nuestra vivienda. El local carece de chimenea para extracción de humos y, a pesar de ello y de haber denunciado los hechos en el Ayuntamiento varias veces en ocasiones anteriores (antes era una pizzería), el Ayuntamiento ha concedido licencia para la instalación de un local de comidas Turcas.
Les agradecería que me informaran si existe alguna asociación en nuestra Región a la que poder solicitar ayuda.

Agradeciéndoles su interés, reciban un cordial saludo.

José Luis Fernández

Respuesta:

Estimado José Luís:

Lo que debe hacer en estos casos es, en primer lugar, seguir denunciando los olores a la Policía local a fin de que se personen en su domicilio y realicen comprobaciones de los olores que le transmite la actividad. No es fácil que acudan a la primera pero insiste ya que con obtener una medición positiva será suficiente. Además, se deberá solicitar, mediante escrito al ayuntamiento, que los técnicos municipales realicen una inspección del citado local en la que comprueben si las salidas de humos cumplen con lo establecido en las normas de aplicación. Una vez comprobados estos aspectos y en el caso de existan deficiencias o irregularidades, el ayuntamiento deberá requerir al titular de la actividad a fin de que subsane las deficiencias en un plazo determinado de modo que cesen las molestias. Pasado el plazo sin que se hayan realizado dichas medidas, se deberá decretar el cese de la actividad hasta que las medidas hayan sido realizadas.

Este debe ser el procedimiento normal que el ayuntamiento debería seguir, siendo el plazo máximo de duración de seis meses. Pero en este punto llegamos al momento en que todo quiebra ya que los ayuntamientos no suelen hacer nada eficaz. En este caso de inactividad, lo que le recomendamos es que inicie las acciones judiciales en los juzgados de lo contencioso administrativo a fin de que dichas medidas sean ordenanzas por un juez que supla la inactividad municipal.

En el citado procedimiento se obligará al Ayuntamiento a hacer lo que debe y se conseguirá que el local esté debidamente acondicionado y no genere molestias. Además, si existen mediciones positivas, se podrá solicitar una indemnización por los daños morales causados por tanta negligencia.

Sin otro particular, reciba un atento saludo

Jorge Pinedo

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